El Tanatorio Santa Orosia S.L. de Sabiñánigo ha reanudado sus servicios de cremación en la calle José Lastiesas el 10 de mayo después de haber permanecido algunos meses sin esta actividad por la retirada de la licencia ambiental tras sentencia el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Huesca apelada por el consistorio al Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que ratificó el fallo primigenio
Después del decreto consistorial de 5 de diciembre, el cese de actividad del Crematorio de cadáveres (que había sido autorizada en 2018) tardó en cumplirse hasta primeros de año, en que definitivamente la autoridad municipal exigió el cumplimiento de su resolución.
Hasta el 10 de mayo, fecha de la reapertura del servicio de cremación, se ha producido el trámite administrativo en el Ayuntamiento para fundamentar la nueva licencia ambiental en la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) aprobado exclusivamente con la motivación de la decisión judicial en el final de la pasada legislatura. Votó a favor el PSOE, Cambiar Sabiñánigo se abstuvo y PP y PAR se opusieron.
El Juzgado hubo de requerir al Ayuntamiento el cumplimiento de su decreto, ya que durante semanas el crematorio de cadáveres seguía actuando con normalidad, por lo que el concejo hubo de aplicar el precintado de la instalación por parte de la policía local. Finalmente, fue clausurado mientras se gestionaba la nueva licencia, por lo que el crematorio (no así el tanatorio, que ha proseguido su curso normal) no ha quemado hasta el 10 de mayo. En esa fecha, ha reabierto sus servicios.
DEMANDA POR ABUSO DE PODER
El contencioso había sido planteado por cuatro empresas del polígono representados por la letrada Ana Amalia Navas. a las que el juzgado dio la razón el 11 de septiembre de 2020 por lo que anulaba la concesión de licencia ambiental de actividad clasificada para horno crematorio por Decreto de 4 de septiembre de 2018. El 20 de enero de 2022 la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón rechazaba la apelación de Ayuntamiento y empresa funeraria.
El cese de la actividad exigido por los órganos judiciales sólo era reversible, advertía el decreto, mediante la tramitación y concesión, en el caso de que proceda, del oportuno título habilitante.
No termina aquí, en cualquier caso, este litigio, ya que la aprobación del nuevo PGOU estaba llamada a permitir no sólo este crematorio, sino la instalación de cuantos los soliciten. Los mismos demandantes afirman que el Ayuntamiento pretende "la legalización de un hecho consumado y de una licencia declarada ilegal por los tribunales, por lo que está pendiente en el corredor de las sentencias judiciales la respuesta a la demanda contra el plan aprobado. Consideran que "contraviene la legalidad y supone una clara desviación de poder del Ayuntamiento de Sabiñánigo".
En caso de que el TSJA estimara la demanda y declarara nula la modificación del PGOU, los máximos responsables políticos de tal decisión "podrían estar sometidos a responsabilidades penales con tipos ilícitos muy graves, incluida la presunta prevaricación". Los demandantes esperan la respuesta a su acusación de "abuso de poder" al consistorio.