Diego José Dormer, un Sertoriano Cronista

En mayo de 1673 fue nombrado cronista supernumerario del reino y desarrolló una intensa actividad en trabajos de historia

Bizén d'o Río, San Lorenzo, blanco y verde y albahaca. La oración va por dentro
Studiosi pro Universitate Sertoriana
07 de Abril de 2024
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San Lorenzo de Diego José Domper
San Lorenzo de Diego José Domper

Dentro de una acreditada familia de impresores aragoneses, nacía a finales de febrero de 1649 en Zaragoza Diego José Dormer y Nuevevillas, hijo y nieto de una saga que había ya dado con la prensa numerosos e interesantes trabajos, mostrando desde niño una pasión por la Historia que posiblemente le viniera heredada de su ilustres tíos, el que fuera abad de Montearagón, don Martín Carrillo, y el Cronista General del Cármen Reformado, Fray Gerónimo de San José  Ezquerra de Rozas.

Estudió en la Universidad Sertoriana de Huesca, donde se doctoró en Leyes y Cánones obteniendo el bonete de Doctor en noviembre de 1669 cuando contaba 20 años, pasando a ser docente de la misma Universidad, en la que ejercería la enseñanza hasta el año 1672 en que fue ordenado sacerdote, un año después y siguiendo la senda que había iniciado Andrés de Ustarroz al publicar “Defensa de la patria del invencible mártir san Laurencio” (1638), Dormer, invadido de una devoción laurentina y haciendo uso de su saber historiográfico, daba en 1673 a la imprenta “San Laurencio defendido en la siempre vencedora y nobilísima ciudad de Huesca”, una defensa contra la pretendida procedencia u origen que le era atribuida a Valencia por el arcediano de Murviedro (Sagunto). Entrando en esta obra, por lo singular del asunto, cumpliendo la primera ley de la historia, no decir nada falso y no temer confesar la verdad.

san laurencio
La defensa de San Laurencio de Domper

En mayo de 1673 por la ausencia de Aragón del cronista Juan J. Porter, y sabedores los diputados de sus conocimientos históricos, lo nombraron cronista supernumerario del reino, disponiendo su libre acceso al archivo del reino y concediéndole por uniformidad de votos la interinidad en este cargo, un hecho que molestó sobremanera al cronista Porter que elevó a los diputados del reino una reclamación solicitando la anulación del cargo concedido a J. Dormer, quien responde  con un Memorial en el que hace referencia a las Cortes de Monzón de 1547 en las que se estableció el Acto de Corte  sobre el cronista y donde con toda corrección pide que, cuando llegue el caso de vacante, se atienda en la propiedad la plaza de cronista.

Dos años de intensos trabajos de investigación darán como fruto su publicación en 1675 de la obra “Discurso sobre la inteligencia del Fuero Coram quibus”, un discurso histórico-foral, jurídico-político en orden al juramento que los supremos y soberanos señores Reyes de Aragón (salva su Real clemencia) deben prestar en el ingreso de su gobierno y antes que puedan usar de alguna gobernación. Una obra en la que dejaba patente este cronista su sólida formación jurídica  recibida en la Universidad Sertoriana que estará siempre patente en todos sus trabajos de historia.

En 1680 Dormer concluía la obra de Juan Francisco Andrés de Uztarróz “Progresos de la historia en el reino de Aragón y elogios de su primer cronista”. Una obra dividida en dos partes, en ella se continúa con el relato iniciado por Zurita hasta finales del siglo XVI, mientras que en la segunda parte se incluyen semblanzas y comentarios referidos a Blancas, Martel, los hermanos Argensola, Pellicer de Ossau y otros cronistas aragoneses.

El 30 de octubre del año 1681 Carlos II lo nombraba su secretario en el Consejo Supremo de Aragón y le otorgaba autorización para evacuar consultas en el Real Archivo de Simancas y en otros archivos de la Corona, tres años después daba a la imprenta sus “Discursos histórico-politicos, sobre lo que se ofrece tratar en la Junta de los Ilustrisimos Quatro Braços del reyno de Aragón”. En esta obra, Dormer trataba de la difícil coyuntura económica que atravesaba el reino de Aragón, proponiendo diversas fórmulas o remedios que abarcaban desde unos planteamientos comerciales hasta los fiscales, además de plantear los relacionados con el nivel admisible de libertad de comercio, extremo este que despertará el interés de los estudiosos extranjeros como Sydney Smith, avivando las ventajas por las posturas próximas al librecambismo.

Estos “Discursos” de Dormer, al igual que otros textos de proteccionistas y arbitristas que con él rivalizaron, fueron debatidos en las Cortes celebradas en 1684, momento en que desde luego quedaron patentes los problemas del reino de Aragón y muy especialmente los de naturaleza económica que este cronista había ya apuntado. Precisamente, en estas cortes, el benedictino Domingo La Ripa de familia pirenaica y también formado en la Universidad Sertoriana, era quien  representaba como síndico, al estamento Eclesiástico y que en 1686 asumiría como honorario las funciones de cronista de Aragón.

Anales
Anales de Aragón

De la confianza depositada por la Corona en el cronista Diego José Dormer habla una carta que el propio rey remitía con fecha 16 de febrero de 1690, al duque de Medinaceli , quien era por entonces virrey de Nápoles, en la que se manifiesta refiriéndose al cronista: ….que, además de la aprobación con que escriben varios prelados, y puestos de la virtud, letras y buenas prendas del doctor Joséf Dormer, ha procedido siempre con mucha atención y celo en cuanto ha sido de mi servicio y en el empleo de Cronista ha dado muy grandes muestras de su capacidad, aplicación y demás requisitos…”

Desgraciadamente, los últimos momentos de actividad de Diego Jose Dormer como cronista se desarrollaron en un estado de tensión con la Diputación del Reino, a la que acusó de pretender para sus diputados “el conocimiento sobre el Cronista, sin aver Fuero, ni acto de Corte que les dé esta facultad”, recordando que no había disposición Foral que les diera jurisdicción a los señores Diputados sobre el Cronista, especificando en su manifestación: “materia repugnante también en el dicho Oficio, porque con esta sujeción avrá de escribir el cronista, no solo lo que pareciere al consistorio, sino a algún Señor Diputado que tenga la mano en él”. Recordaba lo que ya había manifestado Jerónimo Zurita en 1563: “Es cosa nunca usada, ni permitida jamás en ningún reyno, que este Oficio sea subordinado a ninguna censura, ni reconozca en él superior.”

Tras una vida de intenso trabajo y fidelidad a unos principios, Diego J. Dormer renunciaba al cargo de cronista del reino, mediante protocolo ante el notario Martín Ostabad firmado el 25 de agosto de 1703, falleciendo en Zaragoza el día 20 de octubre de 1705, dejando eso sí, una selecta biblioteca, que fue trasladada a otro reino (según Latassa)  y una copiosa bibliografía de su bien saber hacer.

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