El Ayuntamiento de Huesca no cierra El Alcoraz aunque exige a la Sociedad Deportiva documentación para la licencia ambiental

Oficial mayor: "La situación creada se debe esencialmente a la inactividad de la SD Huesca SAD y es ella la responsable de no haber presentado en su momento la documentación requerida"

03 de Noviembre de 2023
Estadio de El Alcoraz.

El Ayuntamiento de Huesca no cierra el Estadio de Alcoraz, aunque hay un proceso abierto de recepción y estudio de documentación por la falta de la licencia ambiental exigible y de la que ya fue advertida la Sociedad Deportiva Huesca.

Medios regionales afirmaban que Lorena Orduna había firmado un decreto por el que cierra el Estadio de El Alcoraz por la falta de licencia ambiental, después de que la Sociedad Deportiva Huesca no presentara la documentación requerida por el anterior alcalde de Huesca, Luis Felipe.

El decreto del anterior regidor, con fecha de 7 de mayo, no obtuvo respuesta por parte de la Sociedad Deportiva Huesca pese a sucesivas demandas consistoriales.

La alarma saltó dentro de las instituciones hace unas semanas. Al parecer, en el traspaso de poderes no se notificó este asunto y, cuando fue informado el actual gobierno municipal, exigió al menos en dos ocasiones las gestiones obligatorias por cuanto la licencia ambiental (anteriormente denominada de actividad) es obligatoria cuando hay una modificación sustancial de las instalaciones, como sucedió con las reformas del campo hace más de un lustro.

Esta inacción de la Sociedad Deportiva Huesca estuvo a punto de obligar a suspender ya el Huesca-Eldense, ya que hubo un requerimiento que distintas instancias institucionales prorrogaron para evitar una situación embarazosa. Acontecimientos luctuosos como los que en los últimos meses se padecieron en Madrid o Murcia en recintos cerrados motivaron la cautela lógica desde las administraciones.

Los máximos directivos de la Sociedad Deportiva Huesca hicieron caso omiso a los requerimientos y el visto bueno del Inaga, exigido para obtener la licencia ambiental, todavía no se ha producido porque, de hecho, no se ha completado la documentación reclamada.

El asunto ha provocado una lógica tensión entre el club y las instituciones, que han apremiado a los dirigentes de la Sociedad Anónima Deportiva a que cumplieran con sus obligaciones. Una muesca más en la errática gestión del Huesca cuyas consecuencias han podido ser, y todavía existe el riesgo, nefastas por cuanto en el peor de los casos hasta que se sustanciara esta tramitación el equipo pudiera verse obligado a jugar en otro campo o a puerta cerrada.

EL RECURSO DE ORTAS Y EL "PALO" DEL OFICIAL MAYOR

El Decreto 4490/2023 suscrito por el teniente de alcalde responde a un escrito de 6 de octubre presentado por José Luis Ortas en nombre y representación de la SD Huesca, en el que se solicita la preceptiva licencia municipal de apertura y actividad sobre el referido espacio y por otro que se admita la medida cautelar de suspensión del Decreto 2004/2023 de 17 de mayo.

El informe del Oficial Mayor de 13 de octubre afirma que la declaración responsable en materia económica presentada por la SD Huesca SAD para actividad deportiva en El Alcoraz no surtifá efectos jurídicos por la falta de documentación presentada, por lo que debe "cesar la actividaden cumplimiento de la Ley 11/2014 de Prevención y Protección ambiental de Aragón y la Ley 11/2005 reguladora de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de Aragón".

Por tanto, el alto funcionario indica que ha de tramitar la licencia ambiental para todas las actividades del estadio, como fue notificado a la Sociedad Anónima Deportiva "sin que contra dicha resolución se interpusiera ni recurso administrativo alguno, ni recurso Contencioso-Administrativo en los plazos pertinentes, por lo que el mencionado Decreto 2004/2023 es firme".

Del presentado el 6 de octubre, asegura el Oficial que no está fundamentado en ninguna de las causas previstas de la Ley 29/2015, por lo que "procede no admitir a trámite el citado recurso".

El documento oficial alude a las condiciones y requisitos del Reglamento General de la Liga Nacional de Fútbol Profesional que califica de interés general las competiciones de Primera y Segunda. Agrega que la ejecución les podría causar perjuicios de imposible o difícil reparación.

El cierre del estadio, agrega el recurrente (el Huesca), "generaría la imposibilidad de que los aficionados asistieran al estadio y la sanción de tres puntos por los organismos correspondientes; el cierre continuado provocaría la expulsión inmediata de la competición y consiguientemente la desaparición de la SD Huesca SAD y unas pérdidas cercanas a los 7 millones de euros; afectaría a más de 200 trabajadores indirectos además de a un número de trabajadores que realizan sus funciones los días de partido; todo ello llevaría al cierre del Estadio y a la presentación inmediata de un concurso liquidación de la mima eliminando cualquier atisbo de que la ciuda de Huesca cuente con une quipo de fútbol profesional".

En todo caso, contempla la posibilidad de que el órgano a quien competa resolver el recurso pondere el perjuicio que causaría al interés público o a terceros la suspensión de la actividad, que podría ser "de imposible o difícil reparación". En todo caso, aclara que "la situación creada se debe esencialmente a la inactividad de la SD Huesca SAD y es ella la responsable de no haber presentado en su momento la documentacion requerida".

"La situación creada se debe esencialmente a la inactividad de la SD Huesca SAD y es ella la responsable de no haber presentado en su momento la documentacion requerida".

A los perjuicios, contrapone la necesidad de vigilar el cuplimiento de la normativa "con el fin de garantizar la seguridad y bienestar de sus ciudadanos, y a terceros en cuanto incide en la seguridad de los espectadores". En este sentido, la licencia ambiental es la que "comprueba las medidas de extinción de incendios, evacuación de personas, salidas de emergencia, etcétera".

De ahí que el informe consistorial admita la presentación de la solicitud de licencia municipal de apertura y actividad" y que siga los trámites hasta su concesión o denegación. E inadmite los recursos extraordinarios de Reposición por inexistente y extemporáneo, y el de Revisión por no estar fundado en las causas que prevé la ley de procedimiento administrativo común contra las administraciones públicas. Concluye rechazando la suspensión de la ejecución de la resolución de Decreto de la Alcaldía de 17 de mayo.por la ausencia de licencia ambiental.

EL DECRETO DE ALCALDÍA

Firmado por el teniente de alcalde delegado de Urbanismo, el Decreto de este viernes incide en el informe del Oficial Mayor al tener por presentada la solicitud de licencia municipal de apertura y actividad de El Alcoraz y que siga los trámites hasta su concesión o denegación. Esto es, no hay ninguna órden de cierre del Estadio.

Además, inadmite el Recurso Extraordinario de Reposición por inexistente y extemporáneo, así como el citado recurso extraordinario de revisión. E igualmente inadmite la suspensióin de la ejecución de la resolución del Decreto de Alcaldía.

Esto es, Iván Rodríguez asume absolutamente las tesis del Oficial Mayor.

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