La Fiscalía pide una nueva prórroga de la causa de Oikos de seis meses y que se nombre nuevo perito

El abogado Ricardo Orús pide el sobreseimiento y archivo porque la demora corresponde con el "nefasto funcionamiento de las estructuras del Estado"

12 de Enero de 2023
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El Alcoraz, escenario también sobre el que el Juzgado cierne la búsqueda de pruebas
El Alcoraz, escenario también sobre el que el Juzgado cierne la búsqueda de pruebas

"El FISCAL, en relación con el presente procedimiento, a la vista del contenido del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en que se fija un plazo máximo de instrucción de doce meses, susceptible de sucesivas prórrogas por períodos iguales o inferiores a seis meses, interesa que se proceda a declarar nueva prórroga de la causa, a la vista de que su instrucción no ha finalizado, debiéndose nombrar nuevo perito, pudiendo devengarse en el tiempo". Es la lacónica petición de la fiscal Victoria Arenere al Juzgado de Instrucción número 5, lo que elevaría las prórrogas a cinco que implicarían que pudiera demorarse sobre la instrucción ordinaria tres años.

El letrado de Pryobras y de Jesús Sanagustín, Ricardo Orús, ya ha expresado al mismo juzgado su petición en un duro escrito que concluye de la siguiente forma: "Acuerde NO PRORROGAR LA CAUSA, dictando la resolución que proceda que no podrá ser otra más que la del Sobreseimiento Libre y Archivo inmediato". En la reclamación, denuncia que el hecho de que no se haya realizaado el peritaje obedece al nefasto funcionamiento de las estructuras del Estado. Orús Rodes confía en el buen juicio de la magistrada porque no concebiría una nueva dilatación de la causa.

Orús apela a la sentencia 455 del Tribunal Supremo cuando establece este planteamiento: “Y no olvidemos que el Preámbulo de esta Ley apunta que: "Si bien establecer sin más un límite máximo a la duración de la instrucción se ha evidenciado pernicioso por cuanto puede conducir a la impunidad de la persecución de delitos complejos, no es menos cierto que establecer ciertos límites a la duración de la instrucción supone una garantía para el derecho de los justiciables. Como es sabido, el proceso penal es en sí mismo una pena que comporta aflicción y costes para el imputado. Por identidad de razón por la que en otros ámbitos (por ejemplo, en materia tributaria o sancionatoria) se establecen límites a la duración de las actividades inspectoras o instructoras, debe articularse un sistema que cohoneste la eficacia del proceso penal con los derechos fundamentales de presunción de inocencia, derecho de defensa y a un proceso con todas las garantías que se sustancie en un plazo razonable”

El Supremo afirma que establecer ciertos límites a la duración de la instrucción supone una garantía para el derecho de los justiciables


Sostiene el letrado que "no cabe prorrogar y prorrogar de forma automática una investigación judicial hasta que una prueba se practique, como con error se infiere del escrito de la Fiscalía, pues de lo contrario la Acusación Pública habría razonado y puesto en la balanza en su petición los beneficios y los perjuicios de prorrogar o no ésta Causa a la vista de las circunstancias que han llevado a la falta de práctica de la pericial acordada hace 8 meses durante los cuales A NADIE LE HA IMPORTADO LAS CAUSAS DE TAL DEMORA.
No he visto yo ningún escrito del Fiscal durante ese tiempo interesándose por los motivos de tal escandaloso retraso que nadie justificaba y, lo que es peor y más criticable, que tampoco nadie investigaba el porqué de una inactividad procesal tan dilatada. Ni tampoco parece importarle a la Fiscalía la causa de porqué el perito nombrado por la DGA ha renunciado ahora a su encargo. De ahí que no resulte criticable que yo diga ahora que esto debe de tener un punto final e inmediato, porque la situación ya empieza a rayar el escándalo".
Argumenta el abogado dos escenarios posibles. El primero, que la jueza acuerde la prórroga y solicita a la DGA que nombre nuevo perito tras la renuncia del anteriormente designado. "Nos toparemos con la problemática del perito que ahora ha renunciado, siendo razonable que el nuevo haga lo mismo porque las causas de ello radican en la mala o reducida regulación de los honorarios por elaborar el dictamen. O bien al nuevo designado le dé igual trabajar por un dinero que nunca compensará su trabajo. ¿En qué influirá ello? Pues en una mala prueba pericial de la que todos dudaremos. Añádase que con el nuevo nombramiento corremos el riesgo de invertir otros 9 meses. ¿Es eso lo que quiere SSª? ¿Es eso lo que quiere la Ley? ¿Es eso compatible y respetuoso con el derecho de mis clientes a un juicio justo sin dilaciones indebidas? Porque más indebidas que las que ya están produciendo hasta ahora, con un retraso TOTALMENTE INJUSTIFICADO de 9 meses ¿para qué? Pues para no haber hecho nada durante ese tiempo. Y al respecto debo de recordar a SSª que este Letrado fue el único de los operadores judiciales (Juzgado, Fiscalía, Letrado de Justicia y DGA) que se tomó la molestia de ir recordando con sus quejas la injusta e injustificada paralización procesal del caso. Véanse mis escritos de fechas 20/07/22, 08, 12, 14 y 20 de septiembre, 8 y 22 de noviembre y 22/12/22 exigiendo un impulso procesal que nunca consiguió. Si este Juzgado me hubiera hecho caso en alguna de esas 8 ocasiones, en vez de ignorarme, se hubiera conseguido practicar la pericial dentro del plazo y no sería precisa ahora prórroga alguna. Sin embargo, los errores judiciales los van a pagar mis clientes que solo son sus víctimas".

Agrega Ricardo Orús, al respeto, la incomprensible tesitura actual. "Y ahora es cuando la Fiscalía, que durante esos 9 meses se ha desentendido del caso, ignorando –consciente o inconscientemente- que el Proceso se hallaba estacado sin practicar diligencia alguna y sin saber ni importar cuál era la causa de tal retraso procesal –mejor dicho, paralización- pide alegremente ahora una nueva prórroga de la investigación sin razonar adecuada y justificadamente su necesidad. Como si eso fuera el pan de cada día y sin pensar en que se están infringiendo y despreciando los derechos fundamentales de mis clientes que, según el artículos 3 y 4 del Estatuto del Ministerio Fiscal aprobado por Ley 50/1981, correspondía velar por ellos a la Fiscalía y no acusar por acusar. Y eso es muy pero que muy grave, y no ayuda a tener confianza en nuestro sistema Judicial, que debería de ser el que mejor funcionara de todos los del entramado de nuestros Organismos del Estado. Pero a pesar de todo lo anterior lo que SSª está ahora obligada es a razonar porqué ese nuevo nombramiento pericial que ahora pide resulta necesaria".

La segunda opción consiste en renunciar a la necesidad de la prueba pericial. "No solo resulta estéril por lo antedicho sino que, además, lo que se pretende acreditar por medio de esa diligencia ya está demostrado mediante otras obtenidas con respeto a la Ley y de igual consecuencia y efectos probatorios. La LECriminal por remisión de la Civil determina los medios de prueba de los llamados testigos-peritos, y en éste caso contamos con uno que no puede calificarse de más idóneo, cual es el Director de las Obras de remodelación del campo de fútbol cuyas facturas puso en entredicho el anterior Instructor y para lo cual acordó esa nefasta pericial que ni en 9 meses ha conseguido practicarse".

"Por último analicemos si esa nueva pericia es necesaria. No lo es. Mejor perito que el director de la obra de remodelación del campo Sr. Moreu en su declaración prestada el 25/03/2021, cuando ese mismo día entrega certificado de final de obra según Diligencia de Constancia de igual fecha, y posteriormente en sus escritos de 10 de junio de 2021 y 29 de marzo de 2022 aportó imágenes y videos donde se aprecia los trabajadores de Pryobras llevando a cabo las obras que la Fiscalía y La Liga niegan haberse llevado a cabo, así como certificado del final de obra visado y la justificación-informe de las actuaciones accesorias ejecutadas y facturadas por Pryobras, que fueron supervisadas por el Sr. Moreu. Alguien podrá decir que ese técnico no es de fiar, pero quien así lo mantenga tendrá obligación de solicitar, en consecuencia, que se le procese en esta Causa como nuevo investigado. Pero si eso no acaece, merece un respeto y una mayor credibilidad por encima de cualquier perito judicial. ¿Por qué? Porque él estuvo a pie de obra durante su ejecución y ha declarado que todas las obras de las facturas de Pryobras se ejecutaron realmente, que sus precios están incluso por debajo de los medios de mercado".

"La causa de no haberse practicado la pericial ha sido por el nefasto funcionamiento de las estructuras del Estado y no por falta de tiempo para ello"

Añade Orús Rodes que "empeñarse ahora en insistir en esa nueva pericial cuando se cuenta con un fondo documental probatorio acreditativo de que todas las obras de las facturas se ejecutaron por Pryobras con precios alguno de ellos por debajo del precio de mercado, resulta una probanza inútil, estéril y que solo abundará en hacer más daño a mis clientes, en dilatar el caso y seguir menoscabando los derechos fundamentales de los investigados a quienes por ello se les está dispensando un Proceso con dilaciones indebidas y nada justo. Si eso es lo que queremos y perseguimos, proceda SSª a prorrogar ésta instrucción tantas veces como desee, pues ya llevamos consumidos nada menos que casi CUATRO AÑOS desde el 2018 y con 9 meses de retraso totalmente injustificado.
Si según el Supremo, incluso los tan temidos expedientes de inspección de Hacienda tienen por Ley un límite temporal que no puede prorrogarse porque así se protege al ciudadano ¿porqué en un proceso penal, que es aún más grave, se va a comportar SSª de forma diferente? Que nadie se olvide ésto: LA CAUSA DE NO HABERSE PRACTICADO LA PERICIAL HA SIDO POR EL NEFASTO FUNCIONAMIENTO DE LAS ESTRUCTURAS DEL ESTADO Y NO POR FALTA DE TIEMPO PARA ELLO, de tal modo que ello no puede perjudicar a los investigados que ninguna culpa tienen de ello y no creo que a SSª le parezca correcto llevar cuatros años con ésta causa que, cuanto más avanza, más se comprueba que fue un bluff policial carente de ningún sustento y con una finalidad que se debería de investigar, caiga quien caiga. Un Estado de Derecho no querría un tratamiento así a sus justiciables. Y nuestra Democracia, que presume de tutelar esos derechos fundamentales en la Constitución, menos aún".

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