El central del Huesca Jorge Pulido ha sido sancionado con un partido por el Comité de Competición por su presunta agresión con un mordisco al central del Albacete Boyomo cuando transcurría una hora del partido. De las expresiones de Competición, parece derivarse una rocambolesca interpretación, y es que no hay un "error claro y patente" de Cordero Vega al interpretar que hay un mordisco aunque tampoco se atreve el órgano a indicar que sea evidente que se produzca esta agresión. Quiérese decir que hay que probar la inocencia, algo realmente inaudito cuando el fallo es el que debiera demostrar la culpabilidad.
El Comité afirma en su resolución: "Suspender por 1 partido a D. Jorge Pulido Mayoral, en virtud del artículo/s 130.1 del Código Disciplinario y con una multa accesoria al club en cuantía de 200,00 € y de 600,00 € al infractor en aplicación del art. 52".
La explicación de Competición es digna de análisis. "Vistas las alegaciones y la prueba videográfica aportada por la SD Huesca, SAD, el club alega la existencia de un error material manifiesto y mantiene que el jugador no realizó dicha acción: morder a un jugador rival en el hombro. Mantiene que las imágenes aportadas prueban que el jugador expulsado acercó su cara al hombro del jugador, pero que resulta imposible afirmar a partir del hecho la existencia del mordisco. Como es sabido, la tarea de este órgano disciplinario, de acuerdo con la normativa federativa que resulta aplicable, es determinar, en su caso, la existencia de un error material manifiesto en la descripción arbitral de la acción. Como se ha dicho, únicamente la prueba de un error de este tipo puede desvirtuar la apreciación realizada por el colegiado y, en consecuencia, la veracidad de lo que hizo constar en el acta. Es necesario en todo caso que se trate de un error claro o patente, independientemente de toda opinión, valoración, interpretación o calificación jurídica que pueda hacerse, circunstancias que no se dan en este caso. En otras palabras: el error debe probarse para desvirtuar dicha presunción de veracidad. No ocurre esto en este caso. En efecto, del visionado de la prueba aportada por el club no es posible deducir que el jugador expulsado no realizó la acción merecedora de reproche disciplinario. Las imágenes parecen corroborar, al menos prima facie, el relato arbitral: el mordisco que motivó la expulsión"