El Monzón-Illueca aplazado de la jornada 3 ya tiene fecha

En principio, se jugará el próximo 1 de noviembre, aunque está sujeto al papel que desempeñe el Illueca en la Copa RFEF

Periodista
05 de Octubre de 2022
Once del Atlético Monzón, equipo de Tercera RFEF, en un partido de esta temporada.

El Atlético Monzón Alumbra-CF Illueca de la Jornada 3 de Tercera RFEF se aplazó el pasado 25 de septiembre por una intoxicación alimentaria en la plantilla montisonense. Ahora, el Juez Único de Competición ha decretado la celebración del partido el próximo martes 1 de noviembre, aunque la fecha puede ser modificada según la progresión del Illueca en la Copa RFEF. Precisamente, el conjunto zaragozano disputa esta tarde los octavos de final de la Copa RFEF en territorio gallego, ante el Real Unión de Irún.

Todo comienza con seis futbolistas de la plantilla del Atlético Monzón Alumbra que no pudieron presentarse al encuentro que tenía que haberse disputado ante el Illueca el pasado 25 de septiembre en el Isidro Calderón.

Con el Illueca preparado para la disputa del choque, la resolución especial del Juez Único de Competición explica que "el colegiado recoge en su informe que el motivo final por lo que se procede a suspender el encuentro es la negativa del conjunto local a disputar el mismo". Además, en esta misma resolución, se añade que el Illueca, a través de unas "extensas alegaciones manifiesta su total desacuerdo con la suspensión de encuentro, su malestar por las formas en que esta se produce y la no aceptación de los justificantes que presenta el Atlético Monzón, solicitando como corolario que el rival sea declarado como no compareciente con las consecuencias disciplinarias que tal circunstancia determine y subsidiariamente que, en su caso, se indemnice al CF Illueca por los daños y perjuicios ocasionados".

El Monzón, por su parte, "ha remitido justificantes de distintos centros de salud que justifican la visita a ellos de once jugadores pertenecientes a la plantilla del club el día 25 de septiembre con la diagnosis que en cada uno consta. No se tienen en cuenta para este cómputo los justificantes de dos jugadores con lesiones antiguas ni la de su entrenador -también afectado por el brote-, así como tampoco la de Javier Claver Ortigosa que acude al centro hospitalario el día siguiente al del partido, esto es, el 26 de septiembre".

El artículo 262 del Reglamento General de la RFEF establece que se considerará como causa de fuerza mayor para la suspensión de un partido, el hecho de que por circunstancias imprevisibles causen baja, simultáneamente, un número de futbolistas que reduzca la plantilla a menos de once. A las 19 licencias en activo del club montisonense hay que restar los once futbolistas que presentaron justificación médica, por lo que solo quedan ocho jugadores de la primera plantilla.

Finalmente, el juez subraya que "no puede accederse a la petición del Illueca de resarcimiento de los gastos ocasionados al no estar contemplada dicha contingencia en el Reglamento Federativo".

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