El Gobierno de Aragón, condenado por vulnerar el derecho a la educación de alumnado con necesidades especiales

La sentencia del TSJA exige medidas inmediatas para corregir las carencias en varios centros educativos de Zaragoza

DH
09 de Enero de 2025
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Imagen de archivo de una movilización del CRA Cinca Cinqueta para pedir apoyos para alumnado necesidades especiales.
Imagen de archivo de una movilización del CRA Cinca Cinqueta para pedir apoyos para alumnado necesidades especiales.

La Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Aragón ha dictado una sentencia en la que declara que el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón ha vulnerado el Derecho Fundamental a la Educación. La resolución responde a una demanda presentada por los padres de trece alumnos con necesidades educativas especiales, escolarizados en centros ordinarios y de educación especial de Zaragoza, que denunciaban la insuficiencia de recursos materiales y humanos asignados a estos centros.

Según consta en la demanda, la insuficiencia de medios asignados fue "muy por debajo de lo solicitado y/o necesario, y específicamente referido a cada uno de los escolares afectados". Como consecuencia, durante los cursos académicos 2021/2022 y 2022/2023 algunos de los alumnos no pudieron incorporarse a tiempo al curso o lo hicieron solo en determinados periodos y con el acompañamiento de familiares.

Tras escuchar las alegaciones de las partes, los magistrados han estimado el recurso presentado por los padres de los alumnos afectados y han declarado que el Departamento de Educación del Gobierno de Aragón deberá adoptar las medidas solicitadas por los demandantes. Además, la sentencia condena a la Administración al pago de las costas procesales.

El recurso fue presentado en enero de 2023, tras la inacción del Departamento de Educación frente a un escrito enviado en diciembre de 2022, donde los recurrentes denunciaban la falta de planificación y medios adecuados para garantizar el derecho a la educación de los alumnos con discapacidad. En el escrito, se señalaba que estas carencias vulneraban los artículos 27, 14 y 49 de la Constitución Española.

En la demanda, los padres señalaron que las deficiencias afectaban a varios centros educativos, incluidos el Centro Alborada, el CEIP Augusta Bilbilis, el CPI Espartidero, el CEIP Mariano Gaspar, el CEIP Parque Europa y el CEIP Reino de Aragón. Estos incluían tanto centros ordinarios como de educación especial y preferente motórico. Según los demandantes, el común denominador era la insuficiencia de medios materiales y humanos asignados, que no cubrían las necesidades específicas de cada alumno.

En algunos casos, durante los cursos 2021/2022 y 2022/2023, los alumnos no pudieron incorporarse al curso de manera puntual o tuvieron que ser acompañados por sus progenitores en el aula. Además, aquellos que necesitaban atención domiciliaria no recibieron los apoyos necesarios, lo que imposibilitó su escolarización en esos periodos.

La demanda pedía que se detallaran los apoyos específicos necesarios para cada alumno, incluyendo las horas asignadas y la cualificación del personal encargado. También solicitaba que los recursos estuvieran disponibles desde el inicio del curso y que se garantizara la escolarización domiciliaria para aquellos alumnos que no pudieran asistir al centro por razones médicas durante más de 30 días.

El Ministerio Fiscal apoyó la demanda, mientras que el Letrado del Gobierno de Aragón pidió su desestimación. Tras la admisión a trámite del recurso, la recepción del expediente administrativo y la fase probatoria, los magistrados concluyeron el proceso con la votación y fallo de la sentencia.

La Sala ha estimado el recurso presentado por los padres, declarando la vulneración de derechos fundamentales por parte del Departamento de Educación. En el fallo, el tribunal ordena a la Administración que adopte las medidas necesarias para atender las necesidades de los alumnos afectados, asegurando su escolarización plena. Asimismo, condena al Departamento al pago de las costas procesales.

La resolución, con ponencia del magistrado Juan José Carbonero Redondo, subraya la obligación de la Administración de garantizar los recursos necesarios y corregir las carencias detectadas para asegurar una educación efectiva y plena para todos los alumnos.

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